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Concepto 237091 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma señala que durante las licencias el empleado conserva su calidad de servidor público y, por lo tanto, no podrá desempeñar otro cargo en entidades del Estado, ni celebrar contratos con el Estado, ni participar en actividades que impliquen intervención en política, ni ejercer la profesión de abogado, salvo las excepciones que contemple la ley. Por último y como quiera que se trata de dos ramas del poder público diferentes (ejecutiva y judicial), no existe disposición legal que le permita en su condición de empleado de la Rama Ejecutiva posesionarse en otro cargo de la Rama Judicial conservando sus derechos de carrera. En caso de querer ejercer el empleo de la Rama Judicial, tendrá que renunciar a su empleo con derechos de carrera.

Concepto 237091 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La persona designada en un empleo público, una vez informada de la designación mediante comunicación escrita, tiene el término que otorgue la administración para manifestar si acepta, el cual no podrá ser superior a diez (10) días, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aceptación deberá tomar posesión del respectivo cargo, término este que podrá ser prorrogado si la persona designada no residiera en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, pero en todo caso la prórroga no podrá exceder de noventa (90) días hábiles y deberá constar por escrito; podrá solicitar prórroga para posesionarse si no residiera en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, en todo caso la prórroga será hasta por noventa (90) días hábiles, por expresa disposición normativa.