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Concepto 236071 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cada actuación o trámite que se realice debe ponerse en conocimiento a los interesados, que deben ser notificados, conforme lo disponen los Artículos 67,68 y 69 del estatuto administrativo – ley 1437 de 2011. Y así mismo debe prevalecer el debido proceso y el derecho a la defensa. |