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Concepto 2356 de 2018 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil La áreas metropolitanas hacen parte de la estructura organizacional del Estado Colombiano, respecto del desarrollo integrado, la prestación de servicios públicos y la ejecución de obras de dos o más municipios por asunto de su cercanía territorial. La áreas metropolitanas no pueden recibir la contribución especial que trata la ley 1106 de 2006; porque las Areas metropolitanas no han sido incluidas como sujetos activos de la contribución especial de obras públicas. Los sujetos activos para recibir dicha contribución en su respectiva proporción al aporte del área metropolitana son los municipios. |