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Concepto 235231 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prima de servicios se liquidará de manera proporcional al empleado que no haya completado un año de labor y su liquidación se realizará con base en el salario que el empleado perciba a 30 de junio del respectivo año o al momento de su retiro si es antes de esta fecha. Igualmente, en el marco jurídico que se analizó, el pago de la prima de servicios se realiza en el mes de julio, sin que dicho pago se repita en el mes de diciembre.