Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 235101 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El conflicto de interés se estructura cuando el servidor público con su actuación se favorezca a sí mismo o a sus parientes. El constituyente quiso evitar, al prever la ocurrencia del conflicto de intereses, que el servidor público con su accionar haga prevalecer su interés personal o familiar sobre el general, buscando acabar con las ventajas personales distintas a las que se predican de la generalidad. |