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Concepto 234891 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El reajuste o aumento salarial de los empleados públicos del nivel municipal, se deberá efectuar anualmente con base en el reajuste salarial fijado mediante Decreto dictado por el alcalde con sujeción al respectivo acuerdo expedido por el Concejo Municipal los cuales deben respetar, los límites máximos salariales que el Gobierno Nacional ha fijado en el Decreto expedido para la presente anualidad.

Concepto 234891 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Sólo se podrán acumular vacaciones hasta por dos años, siempre que ello obedezca a aplazamiento por necesidades del servicio