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Concepto 234851 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso de los prepensionados, se indica que antes de la convocatoria a concurso de la respectiva entidad, los empleados con nombramiento provisional, deberán presentar a la entidad la documentación que acredite su condición de prepensionados y una vez se surta el trámite correspondiente y se expida la constancia escrita, la administración deberá por disposición legal, reubicarlos en los términos del artículo 8 de la Ley 2040 de 2020, hasta que cumplan con los requisitos para obtener el beneficio pensional, si con posterioridad a la convocatoria por parte de la CNSC, y en caso de que el servidor adquiera la calidad de prepensionado, la entidad debe hacer todo lo posible para reubicar a los servidores públicos que acrediten esta calidad, puede esto ser en un cargo de vacancia temporal o definitiva, en todo caso, de no ser posible ninguno de estos eventos, entonces se debe motivar el acto de retiro del servicio por provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo. |
Concepto 234851 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Departamento Administrativo de la Función Pública brindará la asesoría técnica necesaria y señalará las pautas e instrucciones de carácter general para la adopción, adición, modificación o actualización de los manuales específicos. |