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Concepto 234431 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El sueldo de vacaciones (recibido por adelantado) se deberá reajustar, en tanto que el aumento salarial es retroactivo a partir del 1 de enero de cada año sin que se considere procedente reliquidar la prima de vacaciones y la bonificación por recreación que se pagaron con base en el salario de la vigencia, pues ese era valor que debía tenerse en cuenta al momento de iniciar el disfrute de las mismas. |