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Concepto 233111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado encargado pueda ser objeto de un nuevo encargo, pero para ello, y en cumplimiento de la norma antedicha, se ha de entender como empleo inmediatamente inferior del mismo nivel jerárquico, el cargo del cual es titular de derechos de carrera administrativa y no de aquel que está ocupando en encargo. En este sentido, se considera que no es necesario presentar renuncia al encargo que ostenta actualmente para postularse a un nuevo encargo. |