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Sentencia 230A de 2008 - Corte Constitucional La Corte Constitucional se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo en relación con el numeral 1º del artículo 12 del Decreto 2241 de 1986, debido a que lo ha derogado la Ley 1134 de 2007. Declara EXEQUIBLE el numeral 2º y 4º del artículo 12, el numeral 22 del artículo 26 y el artículo 149 del Decreto 2241 de 1986, también la expresión “con aprobación del Consejo Nacional Electoral”, contenida en el artículo 75 del mencionado Decreto. Declara INEXEQUIBLE el artículo 10, los numerales 5º y 6º del artículo 12, el artículo 102, del Decreto 2241 de 1986, también la expresión “con aprobación del Consejo Nacional Electoral, contenida en los numerales 7º y 16 del artículo 26, la expresión “de filiación política distinta”, contenida en los artículos 32 y 40, la expresión “de distinta filiación política”, contenida en el parágrafo del artículo 47 y en el artículo 157, la expresión “previo concepto del Consejo Nacional Electoral”, contenida en el artículo 79 del mencionado decreto. |