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Concepto 229941 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera procedente dar cumplimiento a la norma que regula el sistema por turnos, y en consecuencia programar turnos laborales de m¿ximo doce (12) horas, y en forma excepcional y en caso de necesidad del servicio que as¿ lo requiera, la Administraci¿n podr¿ programar turnos superiores a 12 horas, sin que se considere procedente programar de manera general tiempos que excedan el m¿ximo permitido por la norma. |