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Concepto 229531 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El servidor público al cambiar de empleo dentro de una entidad pública, debe dar cuenta de los bienes entregados por la entidad para su administración o guarda. Dadas las condiciones dentro del marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, no existe disposición que regule la entrega de los bienesen custodia de manera virtual o remota, y más aún cuando es preciso determinar el estado de los bienes confiados a los servidores públicos. Cada entidad, según sus procedimientos internos, regulará lo correspondiente a la entrega del cargo de sus empleados a fin de salvaguardar tanto la memoria institucional, como los bienes bajo su custodia."