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Sentencia 227 de 2019 - Corte Constitucional En los eventos en los que el aspirante fue un miembro del grupos al margen de la ley y en el cual se sometió a un proceso de paz y actualmente su vida se desarrolla en el marco de la legalidad, su pertenencia a dicho grupo no puede ser valorada en su contra y esa militancia no podrá ser una causa valida para excluirlo del concurso de méritos. |
Sentencia 227 de 2011 - Corte Constitucional Revisión de constitucionalidad del Decreto No. 4628 de 2010, ¿Por el cual se dictan normas sobre expropiación por vía administrativa y se adoptan otras medidas¿, expedido con base en el Decreto 4580 de 2010 que declaró el estado de excepción. ¿[D]ebe indicarse que en materia de expropiación no existe un estatuto básico o único que reglamente su procedimiento [de expropiación], pues existen múltiples regulaciones aisladas según los casos específicos que se presenten, como el caso concreto que ahora es materia de estudio en esta providencia. Aspecto que debería ser seriamente reconsiderado por el legislador a fin de evitar la proliferación de estas regulaciones. Así, por ejemplo, la Ley 160 de 1994 regula la expropiación en materia agraria, la Ley 99 de 1993 la expropiación con fines ambientales, el Decreto 919 de 1989 la expropiación en caso de desastre, la Ley 9 de 1989 modificada por la Ley 338 de 1997 la expropiación en casos de urgencia, la Ley 105 de 1993 la expropiación para el desarrollo de obras de infraestructura de transporte, la Ley 104 de 1993 la expropiación de zonas aledañas o adyacentes a la exploración o explotación petrolera o minera, etc. |
Sentencia 227 de 2004 - Corte Constitucional Corte Constitucional declara EXEQUIBLE del parágrafo 4 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, en el entendido de que la dependencia del hijo con respecto a la madre es de carácter económico. El beneficio de un tratamiento preferencial para que las madres trabajadoras con hijos discapacitados puedan acceder a la pensión especial de vejez y con ello, atender mejor a sus hijos, es un tipo especial de pensión. Dado que una de las metas esenciales del beneficio es la de facilitar la rehabilitación de los niños no es razonable que este proceso de recuperación se traumatice por el hecho de que el hijo llegue a la mayoría de edad. La situación de los hijos inválidos que se encuentran en situaciones extremas de minusvalía no cambia necesariamente por el hecho de alcanzar una cierta edad. |
Sentencia 227 de 2002 - Corte Constitucional El principio de legalidad tributaria, no significa que sólo el Congreso puede determinar los elementos constitucionales del tributo, pues en aras del principio según el cual no hay contribución sin representación, las corporaciones públicas del orden territorial están facultadas para participar en la determinación de los elementos de los tributos de su nivel. Sólo así se da aplicación al principio de autonomía de las entidades territoriales, al derecho que les permite establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y a la competencia de las corporaciones públicas del orden territorial para decretar, de conformidad con la ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las funciones departamentales o para votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales. |