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Concepto 226891 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial, ni autorizar o fijar asignaciones básicas mensuales que superen los límites máximos señalados en el citado decreto, en concordancia con lo establecido en los artículos 10 y 12 de la Ley 4a de 19924 Cualquier disposición en contrario carecerá de efectos y no creará derechos adquiridos; del mismo modo, no resultará viable que algún empleado público del municipio perciba una asignación salarial superior a la que el concejo o asamblea hayan establecido para el respectivo nivel jerárquico. |