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Concepto 22571 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública El retiro del personal de oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional se concede cuando no medien razones de seguridad nacional o especial del se vicio que requieran su permanencia en la entidad, a juicio de la autoridad competente teniendo en cuenta el procedimiento señalado en la ley 857 de 2003. |