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Concepto 225031 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un concejal, quien no es titular de autoridad civil, política y dirección administrativa, podrá aspirar a ser elegido alcalde del mismo ente territorial sin incurrir en inhabilidad, por cuanto no tiene la calidad de empleado público, requisito exigido por la norma inhabilitante. Sobre la fecha en que debe renunciar un concejal para postularse al cargo de Alcalde, y conforme con lo señalado en el numeral anterior, es decir, que no se encuentra inhabilitado para ello, no se encuentra en la obligación de renunciar a su curul en el concejo pues, adicionalmente, los períodos de alcalde y concejal no coinciden temporalmente. |