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Concepto 223431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Mediante un proceso de negociación colectiva no procede acordar una erogación presupuestal para otorgar un bono de bienestar para el plan complementario o medicina prepagada a la que se encuentren afiliados los servidores públicos. Las entidades públicas solo tienen el deber de hacer los aportes a salud en la respectiva EPS y en la proporción que legalmente le corresponda. |