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Concepto 222481 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La administración puede designar otras funciones a un servidor público, siempre y cuando no se desconozcan los lineamientos generales señalados en el Manual General de Funciones y no se desvirtúen los objetivos de la institución y la finalidad para la cual se creó el empleo. Si las funciones asignadas al auxiliar administrativo se ajusten a las fijadas para el cargo, no se considera legalmente inapropiado. En cuanto a la calificación de desmejora laboral, al no existir ninguna variación en su situación laboral, no se configura. |