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Concepto 221661 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La jornada laboral del inspector de policía pese a que es autoridad de tránsito es la establecida por la ley, es decir 44 horas semanales, las cuales pueden ser distribuidas por necesidades del servicio por el alcalde municipal, bajo el entendido que por la connotación de sus funciones el inspector de policía deberá tener una disponibilidad permanente. |