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Concepto 220301 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No hay impedimento para que un servidor público (distinto de los abogados), preste sus servicios a una empresa privada, siempre y cuando se haga por fuera de su jornada laboral, en caso contrario se violaría el deber legal de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario al desempeño de las labores encomendadas, como empleado público.

Concepto 220301 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La terminación del nombramiento provisional se debe dar por resolución motivada lo que quiere decir que debe invocar argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el funcionario en concreto.