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Concepto Sala de Consulta C.E. 2183 de 2013 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Los recursos del Fondo Nacional de la Porcicultura, como instrumento para cumplir un fin, son contribuciones parafiscales que se invierten con la finalidad de alcanzar los objetivos señalados en el artículo 5º de la Ley 272 de 1996. Por lo tanto, no pueden utilizarse en propósitos y actividades diferentes a los indicados en la mencionada norma. |