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Concepto 217921 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El empleado que se encuentre en estado de incapacidad, como consecuencia de una enfermedad de origen no profesional, tendrá derecho al pago de un subsidio en dinero correspondiente a las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días y a la mitad de este por los noventa (90) siguientes, el cual será asumido por la respectiva entidad de previsión social, por lo que no resulta viable que la entidad reconozca la incapacidad más allá de los dos días de que trata la norma."