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Concepto 215961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Cada vez que el empleado va a ser nombrado y tomar posesión de un empleo público, corresponderá al jefe de talento humano o quien haga sus veces, verificar el cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes, así como la posible presentación de nuevos títulos que permitan realizar el análisis para establecer si se cuenta con los requisitos adicionales para acceder al reconocimiento de la prima técnica, así como aplicar las equivalencias que el manual de funciones contemple."

Concepto 215961 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso que no haya prohibición en los estatutos de la entidad, un empleado público podrá asistir al Consejo Directivo de una Corporación Autónoma Regional, en calidad de miembro del mismo, siempre que su participación se lleve a cabo, bien por derecho propio en ejercicio de sus funciones o por delegación de quien tiene esta calidad de miembro, en virtud de lo establecido en la Ley y siempre que tenga en cuenta lo previsto en mencionado numeral 11) del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, en el que ordena que todo servidor público debe dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.