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Concepto 215271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera que no pueden ejercer la abogacía incluso en el sector privado, los servidores públicos, aun en uso de licencia, salvo cuando deban hacerlo en función de su cargo o cuando el respectivo contrato se los permita. Se aclara que en ningún caso los abogados contratados o vinculados podrán litigar contra la Nación, el departamento, el distrito o el municipio, según la esfera administrativa a que pertenezca la entidad o establecimiento al cual presten sus servicios, excepto en causa propia y los abogados de pobres en las actuaciones que deban adelantar en ejercicio de sus funciones. |
Concepto 215271 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas son de obligatorio cumplimiento. En consecuencia, la entidad tiene la obligación de dar cumplimiento a la sentencia judicial. |