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Concepto 215041 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La autoridad competente puede conferir comisión de servicios a un docente o directivo docente para ejercer temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o para atender transitoriamente actividades ofíciales inherentes al empleo de que es titular, como reuniones, conferencias, seminarios, investigaciones. En tal sentido, se observa que el Estatuto de Profesionalización Docente no incluyó las actividades sindicales dentro de las cuales es permitido conferir comisión de servicios a un docente o directivo docente. Con base en el marco normativo que se ha expuesto, el nominador deberá estudiar la procedencia de reconocer el permiso sindical. |