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Concepto 214711 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública "En el evento en que se haya efectuado una posesión sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para el cargo, se deberá aplicar el procedimiento señalado en el artículo 5 de la Ley 190 de 1995, es decir se deberá efectuar la revocatoria del nombramiento, por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial, quien tiene la facultad nominadora en estos empleos. Es necesario revisar las leyes que regulan cada profesión, con el objeto de determinar los requisitos establecidos para su ejercicio, así como también examinar el manual de funciones de los diferentes cargos, debido a que no se puede dar una apreciación dado a la gran cantidad de profesiones y variables que pueden existir." |