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Concepto 214481 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Si el empleado no ejerce autoridad en el municipio en el que presentará su aspiración a una alcaldía municipal, se infiere que deberá renunciar a su cargo antes de iniciar cualquier actividad que denote participación en política, incluida la inscripción como candidato, toda vez que el artículo 127 de la Constitución Política prohíbe tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas a los empleados públicos." |