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Concepto 209211 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Mientras se surte el concurso público de méritos, el cargo de personero solo puede ser provisto de manera transitoria mediante la lista de elegibles del cargo (si así se estableció en la convoatoria respectiva) o por encargo que realice el concejo municipal, teniendo en cuenta el procedimiento antes referido para el efecto; con el empleado de la personería que siga en jerarquía y en el evento de no contar con dicho servidor o no existir dentro de la planta ningún servidor que cumpla con los requisitos para ocupar el cargo, le corresponderá al concejo hacer una designación transitoria, de un personero por un periodo temporal o transitorio en una persona que igualmente deberá acreditar las calidades exigidas para desempeñar el cargo, pues como lo indicó la Sala de Consulta Civil, sería constitucionalmente inadmisible permitir o generar discontinuidad, interrupción o retraso en el ejercicio de la función pública de las personerías. |