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Concepto 208711 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe limitación para que, una vez realizado un traslado o reubicación del empleado se le realice encargo de otro empleo para el cual cumpla con los requisitos para su ejercicio, o para que se asignen funciones adicionales que, a su vez correspondan a la naturaleza del empleo que las recibe.

Concepto 208711 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Se debe tener en cuenta que el concejo municipal es el competente para fijar el valor de los viáticos que serán reconocidos al alcalde y empleados públicos territoriales, entre ellos el personero municipal, para aquellos casos en los cuales se requiera que estos desempeñen funciones fuera de la sede habitual de trabajo, para lo cual previamente debe expedirse el acto administrativo que ordene la comisión de servicios, donde se exprese el lugar o sitio, condiciones, termino de duración y objeto de la misma, para poder así establecer el valor total de los viáticos."

Concepto 208711 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera que el Concejo Municipal podrá efectuar el encargo del Personero de conformidad con lo indicado en la presente comunicación en el mismo empleado o en cualquier otro que determine siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la ley. De otra parte, es oportuno resaltar que los concejos municipales podrán efectuar sesiones virtuales de conformidad con el artículo 12 del Decreto 491 de 2020, con el fin de proveer de manera definitiva el citado empleo.