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Concepto 207651 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una vez se hace efectiva la renuncia al período de prueba, es obligación del empleado público presentarse a desempeñar el cargo del cual es titular de derechos de carrera, al día hábil siguiente a la fecha en la cual se produce el retiro del servicio, pues de lo contrario, se presentaría una ausencia injustificada, situación que podría configurar un abandono del cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.11.1.9 del Decreto 1083 de 2015. |