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Concepto 206871 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

la inhabilidad en materia contractual se deriva de la intervención en la celebración de contratos a nombre propio o de terceros; por tal motivo, y dado que su desempeño con la cooperativa privada que contrata con el municipio, es como conductor de ambulancia, en su calidad de trabajador del sector privado, no se configura inhabilidad para postular su candidatura al concejo municipal, en tanto la norma no es taxativa, ni restrictiva a dicha situación en particular.

Concepto 206871 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado público incapacitado tendrá derecho al pago de un subsidio en dinero correspondiente a un salario completo durante ciento ochenta días (180), cuando la enfermedad fuere profesional y a las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días y la mitad del mismo por los noventa (90) días siguientes, cuando la enfermedad no fuere profesional. En ese orden de ideas, cuando un empleado se encuentra incapacitado, no recibe salario, por el contrario, tiene derecho a un subsidio en dinero, el cual se liquida con base en las normas de seguridad social vigentes.