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Concepto 206251 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el evento en que la entidad, reconozca y pague la prima de servicios antes de que se autorice o decrete el aumento o reajuste salarial para la vigencia fiscal del año 2021, es decir, con el salario correspondiente a la vigencia fiscal del año 2020, una vez decretado el aumento salarial para el año 2021, los empleaddos públicos tienen derecho a percibir la diferencia salarial derivada de dicho aumento salarial anual en forma retroactiva, y será procedente su reconocimiento y pago por parte de la entidad, de oficio o a solicitud de parte, y tendrá efectos respecto de los factores salariales como la asignación básica legal mensual, los demás factores salariales como la prima de servicios, y las prestaciones sociales que perciban dichos servidores. |