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Concepto 205161 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Al ser las inhabilidades restricciones fijadas por el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o funciones públicas, estas tienen un carácter prohibitivo, taxativo y restrictivo; es decir, deben estar expresamente consagradas en la Constitución o en la ley, sin que puedan buscarse analogías o aducirse razones para hacerlas extensivas a casos no comprendidos por el legislador. En consecuencia, no existe una norma que prohíba a un representante de la comisión de personal ejercer en forma simultánea como presidente del sindicato. Así, de considerar que un empleado público incurre en omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones, por violación, entre otros, del régimen del conflicto de interés, puede acudir a la autoridad disciplinaria respectiva junto con las pruebas pertinentes a efectos de obtener un pronunciamiento sobre el particular." |