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Concepto 204491 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Quien haya sido elegido consejero de juventud no está vinculado como empleado público que ejerce autoridad civil, política o administrativa en el municipio. Por lo tanto, con los argumentos hasta aquí expuestos, se infiere que un consejero de juventudes en ejercicio no está inhabilitado para aspirar a ser concejal en el respectivo municipio por cuanto, éste no es empleado público que ejerza autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio."

Concepto 204491 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los honorarios de los Concejales son incompatibles con cualquier asignación proveniente del tesoro público del respectivo municipio, excepto con aquellas originadas en pensiones o sustituciones pensionales y las demás excepciones previstas en la Ley 4 de 1992.