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Sentencia 2017-00379 de 2021 - Consejo de Estado El Decreto 224 de 1972, por medio del cual se dictan normas relacionadas con el ramo docente, contiene el régimen especial que ampara a los beneficiarios de los docentes fallecidos sin cumplir con los requisitos para percibir pensión de jubilación, decretando que el derecho a la pensión post mortem se otorga solo cuando los profesores hubiesen laborado en planteles oficiales durante un periodo mínimo de 18 años continuos o discontinuos, caso en el cual se habilita para el cónyuge y los hijos menores, el derecho a una pensión equivalente al 75% de la asignación mensual fijada para el cargo desempeñado por el docente al tiempo de su fallecimiento, sin el límite temporal de 5 años que inicialmente se le dio a dicha prestación, debido a la derogatoria tacita que surgió́ al respecto con la expedición de la Ley 33 de 1973. |