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Sentencia 2017-00281 de 2020 - Consejo de Estado La Fiscalía General de la Nación tiene su propio régimen especial de carrera, autónomo e independiente, cuya administración y vigilancia, a diferencia de lo dispuesto para el sistema general de carrera, está a cargo de las Comisiones de la Carrera Especial, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Ley 20 de 2014, expedido por el Gobierno Nacional en ejercicio de facultades extraordinarias concedidas por el artículo 1 de la Ley 1654 de 2013. Ello, en atención a la naturaleza y especialidad de las actividades asignadas a sus servidores, que necesariamente determinan la adopción de requisitos especiales para el ingreso, ascenso y retiro de la función pública, todo dentro de los límites que la Constitución impone. |