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Sentencia 2013-04359 de 2020 - Consejo de Estado El legislador dispuso que los funcionarios y empleados de la Defensoría del Pueblo tendrían el mismo régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación. No obstante, el Presidente de la República, en virtud de las facultades que le confiere la Ley 4 de 1992, dispuso un ingreso inferior para el Veedor de la Defensoría del Pueblo frente al de la Procuraduría General de la Nación, debido a que, las funciones que desempeñan los Veedores de la Procuraduría General de la Nación son diferentes y cuentan con un alto grado de complejidad, pues las tareas van más encaminadas a la estrategia, planeación, organización, dirección, ejecución, supervisión y acompañamiento directo con el nominador que tiendan al buen funcionamiento de la entidad. Por ende, el nivel salarial cambia. |