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Sentencia 2013-00724 de 2021 - Consejo de Estado

El Consejo de Estado señaló que la existencia de un régimen especial que excluya o disminuya los beneficios laborales relacionados con la jornada, previstos en el Decreto 1042 de 1978, resulta contrario a los principios constitucionales de igualdad, trabajo en condiciones dignas y justas e irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales y por cuanto desconocería las competencias constitucionales en materia salarial y prestacional. Además, estableció que la jornada máxima de 66 horas semanales solo es posible implementarla en actividades discontinuas, intermitentes o de simple vigilancia, naturaleza de la cual no participa la labor desarrollada por el personal de custodia y vigilancia de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres de Bogotá, toda vez que esta es permanente y continua, y conlleva no sólo la vigilancia, sino también la custodia y protección de las personas recluidas, por lo que se inaplicó por inconstitucional la Resolución 029 de 15 de enero de 2010.