Filtros de búsqueda
Resultados
Decreto 2011 de 2017 - Nivel Nacional Adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad en el sector público. |
Decreto 2011 de 2012 - Nivel Nacional Determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones ¿ Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. Señala que a partir de la fecha de publicación del presente decreto, la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones inicia operaciones como adminis¬tradora del Régimen de Prima Media con Prestación Definida. Señala igualmente que tanto los afiliados y pensionados del Régimen de Prima Media con Prestación Definida administrado por el Instituto de Seguros Sociales (ISS), así como los a la Caja de Previsión Social de Comunicaciones ¿ Caprecom, mantendrán su condición, derechos y obligaciones que tienen, en el mismo régimen administrado por Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, sin que ello implique una selección o traslado de régimen de Sistema General de Pensiones. Para estos efectos, el traslado de la información de cada uno de los afiliados y pensionados se hará observando la debida reserva y confidencialidad, y no requerirá de autorización alguna del afiliado o pensionado, teniendo en cuenta que su transferencia opera como consecuencia de lo establecido en el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 2011 de 2010 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil a) Efectivamente, tratándose de elecciones presidenciales en las cuales no se presenta como candidato el Presidente de la República ni su Vicepresidente, las restricciones a la vinculación a la nómina estatal y a la contratación pública, contempladas en los artículos 32 y 33 y el parágrafo del artículo 38 de la ley 996 de 2005, tienen plena aplicación así: las del artículo 32 a las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las del artículo 33 a todos los entes del Estado, en las dos expresiones anteriores están comprendidas las entidades territoriales, y las del parágrafo del artículo 38 específicamente a las entidades territoriales. b) Tales restricciones son aplicables a las entidades territoriales no solamente para las elecciones de carácter territorial sino también para las de carácter nacional. 2. Las mencionadas restricciones se aplican: a) A la asociación entre entidades públicas. b) A las asociaciones entre entidades públicas que quieren asociarse con personas jurídicas sin ánimo de lucro, conforme al artículo 355 de la Constitución y normas reglamentarias. c) A la asociación entre entidades públicas que desea asociarse con personas jurídicas privadas, mediante la celebración de convenios de asociación, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones asignados por la ley, conforme al artículo 96 de la ley 489 de 1998. 3. Efectivamente, las restricciones a la suscripción de contratos y convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, se aplican ya sea que éstos se proyecten celebrar entre entidades del nivel territorial exclusivamente o con la participación de organismos o entidades del nivel nacional. |
Decreto 2011 de 1984 - Nivel Nacional Organiza el Instituto como una Unidad Docente de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional. |