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Concepto 200191 de 2012 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las primas de antigüedad quedaron circunscritas a los antiguos empleados del nivel nacional que a 7 de junio de 1978 estuvieran percibiendo asignaciones correspondientes a la tercera o cuarta columna salarial del decreto 540 de 1977. Cabe agregar que, la prima de antigüedad contemplada para el orden nacional, no aplica a empleados públicos del nivel territorial.