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Concepto 197031 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al ser parientes en cuarto grado de consanguinidad no se configura inhabilidad, en tanto ésta sólo se configura hasta parientes del segundo grado de consanguinidad como padres, hijos, hermanos o nietos. El primo del actual alcalde puede presentarse a las próximas elecciones para ser elegido como alcalde sin inhabilitar su candidatura en razón de su parentesco.