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Concepto 195221 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de que el funcionario de carrera administrativa de una entidad en reestructuración se encuentre fuera de la misma en comisión de servicios (artículo 2.2.5.5.25 del Decreto 1083 de 2015) o en comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción o de periodo (artículo 2.2.5.5.39 ibidem) y desee conservar sus derechos de carrera deberá adelantar los trámites correspondientes dentro de la entidad en reestructuración. Esto es, deberá ejercer su derecho preferencial para solicitar la incorporación en cargo equivalente o superior y si ésta no es procedente, optar por la reincorporación en otra entidad o por la indemnización. Además, deberá normalizar su situación respecto de la otra entidad, es decir, terminar su comisión de servicios (si esta es la figura en la que se encuentra) o renunciar al empleo de libre nombramiento y remoción (si es esta la comisión conferida) y una vez defina esta situación podrá solicitar una nueva comisión con base en el nuevo empleo.