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Concepto 194381 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad, que será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado al treinta de noviembre de cada año, respecto de quienes por disposición legal no tengan establecido otra cosa, la cual se pagará en la primera quincena del mes de diciembre del respectivo año. Cuando a treinta (30) de junio de cada año el empleado no haya trabajado el año completo, tendrá derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios. |