Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 194271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una vez superados los 180 días de incapacidad el empleado no obstante continuar vinculado a la entidad, se encuentra en efecto suspensivo frente a su relación laboral, por lo cual no hay lugar al pago de salarios. Procederá el auxilio económico si se ha prorrogado la incapacidad o postergado el trámite de la calificación de invalidez. |