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Concepto 192161 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "De ser procedente la indemnización, esta Dirección Jurídica considera que la misma, se debe contabilizar a partir de la fecha en que se vincula como empleado público siempre y cuando sea en el mismo empleo y en la misma entidad. Así mismo, se precisa que la indemnización se realiza sobre la asignación básica mensual establecida para el empleo de carrera del cual es titular en la fecha de supresión del cargo de carrera administrativa." |