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Concepto 191641 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Debe verificar la fecha de suscripción del contrato con el Consejo Superior de la Judicatura. Si lo suscribió dentro de los 12 meses anteriores a la elección, y lo ejecuta en el municipio donde aspira a ser electa, estará inhabilitada para inscribirse y ser elegida concejal. Tampoco se configura inhabilidad si el contrato de arrendamiento ha sido prorrogado, en el entendido que sólo se actualizó el valor o el plazo del mismo, pero las demás condiciones del contrato continúan igual y, en consecuencia, no se trata de un contrato adicional. No obstante, aun cuando no se presente la inhabilidad, en caso que sea elegida, deberá renunciar a la ejecución del contrato de arrendamiento antes de tomar posesión como Concejal, por cuanto está prohibido constitucionalmente que los servidores públicos tengan simultáneamente la calidad de contratistas del estado. |