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Concepto 190161 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Respecto de la posesión de los empleados públicos durante la emergencia sanitaria,se tiene que en el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia (art. 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015), destacando que la notificación del nombramiento y el acto de posesión, se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Una vez posesionado en el cargo, se considera que adquiere la calidad de servidor público y por ende, será beneficiario de los derechos inherentes al cargo, entre ellos, el recibir el reconocimiento y pago de la asignación básica que corresponda al empleo, incluso durante el tiempo que, en atención a lo dispuesto en el inciso final del artículo 14 del citado Decreto Ley 491 de 2020, se encuentre en inducción.