Filtros de búsqueda
Resultados
Concepto 188771 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública No será procedente el incremento del valor máximo de la prima técnica por título de estudios de formación avanzada y cinco años de experiencia altamente calificada, de que trata el literal a) del artículo 2° del Decreto 1661 de 1991 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, en un tres por ciento (3%) de la asignación básica mensual de quien la percibe, por cada título de especialización adicional en áreas relacionadas directamente con las funciones del cargo del cual es titular, por cuanto esta posibilidad de acumulación del incremento de la prima técnica, no está previsto en el artículo 5o del Decreto 961 de 2021. Solamente podrá ser incrementado en un tres por ciento (3%) de la asignación básica mensual. |