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Concepto 184001 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "El empleado cumple el año de servicio, tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones, sin embargo, si presenta vacaciones no disfrutadas durante años anteriores, sin existir aplazamiento, tendrá un término máximo de 4 años para solicitarlas, contados desde el primer período acumulado o fecha en que se haya causado el derecho." |