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Concepto 183841 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública i) El descanso compensado es un derecho del empleado siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral; ii) El propósito del descanso compensado es que los servidores públicos se desvinculen transitoriamente de la prestación de sus funciones para que puedan disfrutar las festividades de fin de año y la semana santa; iii) Los términos y la programación de los descansos compensados, serán los que, en cada caso, defina le respectiva entidad de manera autónoma. |